✓ Solo pagas si obtienes la indemnización✓ Hasta 600 € por pasajero✓ Reglamento CE 261/2004

AESA y autoridades nacionales: dónde reclamar un retraso

¿Vuelo retrasado o cancelado y la aerolínea no responde? Cuándo acudir a la AESA, qué decide y cuáles son las autoridades de Italia, Francia y otros países.

Tras un retraso o una cancelación, la primera reclamación va siempre a la aerolínea; si no contesta o la rechaza, puedes acudir al organismo nacional del país del que salió el vuelo: en España es la AESA. Para los vuelos recientes, la AESA dicta una decisión que la aerolínea está obligada a cumplir. Te explicamos a quién dirigirte en cada país y qué puede hacer cada autoridad.

Qué autoridad es competente para tu vuelo

Cada país de la Unión Europea tiene un organismo nacional encargado de aplicar el Reglamento (CE) 261/2004. El que te toca no depende de tu nacionalidad ni de la aerolínea, sino del vuelo:

  • vuelo que sale de un aeropuerto de la UE: la autoridad del país de salida, con cualquier aerolínea;
  • vuelo que llega a la UE desde fuera: la autoridad del país de llegada, pero solo si lo opera una aerolínea europea.

Así, para un Madrid–Roma es competente la AESA; para un Roma–Madrid, el ENAC italiano.

Las autoridades nacionales país por país

País Organismo Cuándo acudir Qué puede hacer
España AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) Si la aerolínea no contesta en un mes o la respuesta no te convence Para vuelos desde el 2 de junio de 2023, decisión vinculante para la aerolínea
Italia ENAC (Ente Nazionale per l'Aviazione Civile) Si la aerolínea no contesta en 6 semanas o la respuesta no se ajusta al Reglamento Puede abrir un procedimiento sancionador
Francia DGAC (Direction générale de l'aviation civile) Tras esperar al menos 2 meses la respuesta de la aerolínea Puede multar; no consigue la indemnización por ti
Portugal ANAC (Autoridade Nacional da Aviação Civil) Tras reclamar a la aerolínea, si no contesta o no te satisface Examina la reclamación como organismo responsable
Irlanda IAA (Irish Aviation Authority), que asumió las funciones de la CAR Tras reclamar a la aerolínea Organismo nacional del Reglamento 261/2004
Reino Unido CAA (Civil Aviation Authority) Tras 8 semanas sin respuesta o tras el rechazo Remite a organismos ADR gratuitos, vinculantes para la aerolínea si aceptas
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Cómo reclamar ante la AESA paso a paso

  1. Reclama primero a la aerolínea, por su web o por el correo de atención al cliente, y guarda una copia.
  2. Espera un mes: si no contesta o la respuesta no te convence, puedes acudir a la AESA. No podrás hacerlo si ya has iniciado un juicio.
  3. Presenta la reclamación en la sede electrónica de la AESA con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. También hay una vía semipresencial y otra en papel para particulares.
  4. Adjunta los documentos: formulario, DNI o pasaporte, reclamación previa y respuesta, billete o tarjeta de embarque, tiques de gastos y, si viajabais varios, la autorización de cada pasajero.
  5. Espera la decisión: la AESA pide información a la aerolínea, escucha a las dos partes y resuelve. Ahora mismo avisa de que los plazos se están alargando por el volumen de reclamaciones.

¿La decisión de la AESA obliga a pagar?

Para los vuelos desde el 2 de junio de 2023, sí: la decisión es vinculante para la aerolínea, que tiene un mes para cumplirla. Si no paga, puedes pedir su ejecución ante el juzgado. Para ti no es vinculante: si no estás de acuerdo, puedes ir a juicio. Para vuelos anteriores, la vía de la AESA es solo informativa.

Las otras autoridades funcionan de forma distinta: el ENAC italiano y la DGAC francesa sancionan a las aerolíneas, pero no deciden sobre tu indemnización.

La forma más sencilla de cobrar

Tus derechos están resumidos en la página sobre los derechos de los pasajeros. Con DelayFlight24 compruebas gratis en 2 minutos si te corresponde una compensación: si sigues adelante, nos ocupamos de la reclamación, los recordatorios y, si hace falta, el juicio. No adelantas nada y pagas el 25 % + IVA solo si cobras. Si la aerolínea alega mal tiempo o huelga, lee la guía sobre circunstancias extraordinarias.

Preguntas frecuentes sobre la AESA y las autoridades nacionales

¿Puedo reclamar directamente a la AESA sin escribir a la aerolínea?

No. Antes hay que reclamar a la aerolínea y esperar su respuesta o un mes sin respuesta.

¿Reclamar ante la AESA cuesta dinero?

No, es gratuito, y puedes retirarte en cualquier momento para ir directamente a juicio.

Mi vuelo salió de Lisboa: ¿puedo acudir a la AESA?

No. Para los vuelos que salen de Portugal es competente la ANAC portuguesa, aunque seas español o la aerolínea sea española.

¿La AESA tramita reclamaciones de equipaje?

No por esta vía: la pérdida, el daño o el retraso del equipaje quedan fuera.

Vuelo Bogotá–Madrid con una aerolínea no europea: ¿quién es competente?

En ese caso no se aplica el Reglamento 261/2004: en los vuelos que llegan a la UE desde fuera solo cuenta si los opera una aerolínea europea.

Más información

Artículo actualizado el 22/10/2026 por la redacción de DelayFlight24.

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